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martes, 26 de marzo de 2019

Para el decano de los economistas liberteños se debe cerrar Agrobanco

El decano del colegio de Economistas de La Libertad, Alejandro Inga Durango señaló que, dados los resultados históricos, no es conveniente que exista en el país una banca de fomento como es el caso de agrobanco.”Hasta el año 1991 existieron el Banco Agrario, el Banco Industrial, el Banco Hipotecario y el Banco Minero con la idea era que si el Estado mantenía estos bancos se iba a propiciar el fomento del sector. En la realidad estos bancos fracasaron, por lo que se tuvo que cerrarlos ante sus carteras pesadas muy altas que eran financiadas por todos los peruanos”.

“En el caso de la agricultura, el Banco Agrario se retomó con el nombre de Agrobanco que tiene poco más de diez años funcionando y no ha dado los resultados esperados, entre otras razones por qué el agricultor se siente con derecho de que el Banco le tiene que dar crédito pero no tiene interés en devolverlo y un banco que no cobra, un banco que no recupera crédito es un banco que quiebra, entonces ¿por qué no quiebra Agrobanco?, muy simple por qué el Estado sigue asumiendo sus pérdidas”, precisó.

“Por tal motivo pienso que el Estado debe tomar la decisión de cerrar Agrobanco y orientar a los agricultores a financiarse con entidades privadas como las Cajas Rurales que fueron creadas con la idea de apoyar a los micro y pequeños empresarios agrícolas. ¿Cómo podría el Estado ayudar a los agricultores? A través de la asistencia técnica dirigida a aumentar su productividad y rendimiento. Los agricultores de los valles Chicama y Jequetepeque-Zaña que no se han modernizado todavía siembran productos de manera tradicional, es decir, el agricultor siembra arroz porque su padre y su abuelo sembraron arroz sin tener en cuenta la orientación al mercado”, acotó.

“Al agricultor hay que darle información de los cultivos que el mercado quiere, los precios internacionales, cómo se debe sembrar estos productos, como e debe incrementar la productividad, brindarle semillas mejoradas, eso es lo que se debería hacer y no por el lado del crédito”, precisó Inga Durango al tiempo de invocar un rol más activo por parte de las municipalidades, las que deben propiciar y estimular el desarrollo económico en coordinación con el Ministerio de Agricultura.

lunes, 11 de marzo de 2019

La Libertad: ¿Qué se debe hacer en el Estado de Emergencia?

El 20 de diciembre de 2018, mediante Decreto Supremo No 124-2018-PCM se declaró el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2018-2019 a los distritos de Laredo (provincia de Trujillo); Santiago de Cao, Chocope y Chicama (provincia de Ascope); y Chao y Guadalupito (provincia de Virú). El 16 de febrero de 2019 mediante Decreto Supremo No 027-2019-PCM, 48 distritos liberteños fueron también declarados en Estado de Emergencia.

De acuerdo con el Artículo 137 de la Constitución Política del Perú, el Estado de Emergencia lo decreta el presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días y su prórroga requiere nuevo decreto, por lo que los seis primeros distritos declarados en Estado de Emergencia quedaron fuera del amparo de esta norma el 18 de febrero. Por tal motivo, el 21 de febrero de 2019, mediante Decreto Supremo No 035-2019-PCM, se declaran en Estado de Emergencia 33 distritos liberteños más, por lo que 81 de los 83 distritos de La Libertad están declarados en Estado de Emergencia, sólo los distritos de Taurija y Urpay (provincia de Pataz) no se encuentran bajo la cobertura de este dispositivo legal.

¿Qué se debe hacer en el Estado de Emergencia? En el caso de La Libertad, el Gobierno Regional y las municipalidades distritales y provinciales con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación de los ministerios de Salud, Educación, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Agricultura y Riego, Interior, Defensa, Transportes y Comunicaciones, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Producción, Trabajo y Promoción del Empleo y Energía y Minas, deben ejecutar acciones inmediatas y necesarias, destinadas a reducir el Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. 

Se busca también la participación de instituciones públicas y privadas involucradas en lo que les corresponda; Las acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Mediante Decreto de Urgencia 001-2019, el Estado transfirió 100 mil soles a cada municipalidad que cuenta con declaratoria de Estado de Emergencia para realizar actividades de emergencia, es decir, intervenciones cortas y temporales orientadas a brindar apoyo, protección y asistencia a la población afectada por las intensas precipitaciones pluviales y peligros asociados, en consistencia con la tipología A-3 Tipología de Actividades de Emergencia, aprobada por el Decreto Supremo N° 132-2017-EF que incluye movilización y atención de brigadas, medidas de saneamiento básico y control de residuos sólidos, adquisición y entrega de insumos para la asistencia en situación de emergencia, restablecimiento y mantenimiento del orden interno, operaciones de apoyo logístico a la emergencia, limpieza y descolmatación de cauces, defensas ribereñas, sistemas de drenaje y canales de riego, atención de la transitabilidad de las vías, atención de daños a la salud de las personas, control de brotes y epidemias, tratamiento de agua para el consumo humano, apoyo social de viviendas afectadas, transporte e instalación de infraestructura móvil, puentes modulares y albergues, atención de servicios esenciales frente a lluvias e inundaciones, atención de patrimonio cultural inmueble afectado, monitoreo, evaluación y control de daños, adquisición, traslado y entrega de ropa de abrigo, generación de empleo temporal, acciones de comunicación social y operación del sistema de alerta temprana.